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	<title>Comentarios para AbogadasEnLínea</title>
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	<description>Consulta, asesoría, análisis y noticias de judiciales y del derecho</description>
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		<title>Comentario en Medicamento genérico o de marca: ¿cuándo debe dar el de marca la EPS? por maria</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/139/comment-page-1#comment-47</link>
		<dc:creator>maria</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Oct 2010 08:47:45 +0000</pubDate>
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		<description>PERO CUANDO YA TIENES UN INFORME DE TU MEDICO ESPECIALISTA EN EL QUE TE DICE QUE DEBES DE TOMAR EL COMERCIAL.....AUN MEDICOS QUE SE NIEGAN A DARTE LO QUE PIDES.... VIVA LA MEDICINA</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>PERO CUANDO YA TIENES UN INFORME DE TU MEDICO ESPECIALISTA EN EL QUE TE DICE QUE DEBES DE TOMAR EL COMERCIAL&#8230;..AUN MEDICOS QUE SE NIEGAN A DARTE LO QUE PIDES&#8230;. VIVA LA MEDICINA</p>
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		<title>Comentario en Medicamento genérico o de marca: ¿cuándo debe dar el de marca la EPS? por maria</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/139/comment-page-1#comment-46</link>
		<dc:creator>maria</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Oct 2010 08:46:18 +0000</pubDate>
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		<description>YO ESTOY CONTIGO LUZA, A MI EL GENERICO EN MUCHOS MEDICAMENTOS ME SALEN GRANOS, ME PICA LA ESPALDA, NO ME HACE EL EFECTO QUE ANTES ME HACIA EL COMERCIAL</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>YO ESTOY CONTIGO LUZA, A MI EL GENERICO EN MUCHOS MEDICAMENTOS ME SALEN GRANOS, ME PICA LA ESPALDA, NO ME HACE EL EFECTO QUE ANTES ME HACIA EL COMERCIAL</p>
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		<title>Comentario en Prima de Junio: ¿quiénes NO tienen derecho? [I parte] por lina</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/43/comment-page-1#comment-45</link>
		<dc:creator>lina</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 11 Aug 2010 20:46:23 +0000</pubDate>
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		<description>quisiera saber si los empleados oficiales tienen derecho a la prima de servicios,cuyo contrato es a termino indefinido</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>quisiera saber si los empleados oficiales tienen derecho a la prima de servicios,cuyo contrato es a termino indefinido</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Prima de servicio -Junio, mes de pago- [II Parte] por Carolina Henao</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/47/comment-page-1#comment-44</link>
		<dc:creator>Carolina Henao</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 22 Jul 2010 03:31:02 +0000</pubDate>
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		<description>Trabajo como docente con el magisterio del Valle del Cauca y aun hoy 21 de Julio no me han pagado la prima de servicios; a que instancia puedo acudir ya que la norma establece una fecha limite para este pago?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Trabajo como docente con el magisterio del Valle del Cauca y aun hoy 21 de Julio no me han pagado la prima de servicios; a que instancia puedo acudir ya que la norma establece una fecha limite para este pago?</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Embargo de salario NO es causal de despido por olga lucia</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/228/comment-page-1#comment-42</link>
		<dc:creator>olga lucia</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Apr 2010 14:19:50 +0000</pubDate>
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		<description>trabajo en una empresa privada, y por ser titular de un credito que esta en mora amenazan con embargarme el sueldo, si esto sucede me despiden de la empresa, es eso posible? cual es el proceso que se lleva a cabo para embargar un sueldo, es cierto que el juzgado notifica al demandante para que este notifique al empleador y a su vez al empleado? no hay un poceso de conciliacion antes de embargar un sueldo ni una notificacion al demandado?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>trabajo en una empresa privada, y por ser titular de un credito que esta en mora amenazan con embargarme el sueldo, si esto sucede me despiden de la empresa, es eso posible? cual es el proceso que se lleva a cabo para embargar un sueldo, es cierto que el juzgado notifica al demandante para que este notifique al empleador y a su vez al empleado? no hay un poceso de conciliacion antes de embargar un sueldo ni una notificacion al demandado?</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Contadores que trabajen por honorarios tienen varias razones para cobrar bien por sus trabajos por zulay</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/136/comment-page-1#comment-41</link>
		<dc:creator>zulay</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 23 Apr 2010 16:47:22 +0000</pubDate>
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		<description>hola:  necesito saber còmo hago para conseguir el editorial “Honorarios profesionales para Contadores Públicos: Lo bueno y lo malo de la nueva tabla”), que fue publicado en el mes de junio de 2009.

Muchas gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola:  necesito saber còmo hago para conseguir el editorial “Honorarios profesionales para Contadores Públicos: Lo bueno y lo malo de la nueva tabla”), que fue publicado en el mes de junio de 2009.</p>
<p>Muchas gracias.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Prima de Junio: ¿quiénes NO tienen derecho? [I parte] por JULI</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/43/comment-page-1#comment-40</link>
		<dc:creator>JULI</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 10 Apr 2010 14:20:05 +0000</pubDate>
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		<description>hola necesito que me colaboren con lo siguiente...en el mes de diciembre yo me fui de vacaciones porque la empresa asi lo requirio...pero yo aun no habia cumplido el tiempo para vacaciones pues a mi me liquidan cada año...a mi me pagaron las vacaciones por acuerdo mutuo pues el dia de la liquidacion no puedo recibirlas... mi pregunta es esos dìas que yo tuve de vacaciones los puede la empresa descontar de mi liquidaciòn?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola necesito que me colaboren con lo siguiente&#8230;en el mes de diciembre yo me fui de vacaciones porque la empresa asi lo requirio&#8230;pero yo aun no habia cumplido el tiempo para vacaciones pues a mi me liquidan cada año&#8230;a mi me pagaron las vacaciones por acuerdo mutuo pues el dia de la liquidacion no puedo recibirlas&#8230; mi pregunta es esos dìas que yo tuve de vacaciones los puede la empresa descontar de mi liquidaciòn?</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Remuneración del Domingo de descanso, ¿cuándo se debe y cuándo se pierde su pago? por MARCO A MTZ G</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/34/comment-page-1#comment-39</link>
		<dc:creator>MARCO A MTZ G</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Mar 2010 17:27:27 +0000</pubDate>
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		<description>CUANDO UN TRABAJADOR EN UN PERIODO DE 8 DIAS (DE SABADO A SABADO) FALTA CUATRO, Y EXISTE UN DIA FESTIVO. ESTE SE DEBE PAGAR?
DIA 13 FALTA DIA 14 DOMINGO, DIA 15 FESTIVO, DIA 16 FALTA, DIA 17 FALTA, DIA 18 FALTA,
DIAS 19 Y 20 ASISTE.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>CUANDO UN TRABAJADOR EN UN PERIODO DE 8 DIAS (DE SABADO A SABADO) FALTA CUATRO, Y EXISTE UN DIA FESTIVO. ESTE SE DEBE PAGAR?<br />
DIA 13 FALTA DIA 14 DOMINGO, DIA 15 FESTIVO, DIA 16 FALTA, DIA 17 FALTA, DIA 18 FALTA,<br />
DIAS 19 Y 20 ASISTE.</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Remuneración del Domingo de descanso, ¿cuándo se debe y cuándo se pierde su pago? por CLAUDIA</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/34/comment-page-1#comment-38</link>
		<dc:creator>CLAUDIA</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 13 Mar 2010 16:43:24 +0000</pubDate>
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		<description>Hola Buenos Dias mi pregunta es, yo soy una empleada de confianza trabajo en administracion, tengo hora de entrada, pero muchas veses me quedo trabajando a dis horas de la noche el año pasado en el mes d noviembre trabaje todo el mes hasta las 12 de la noche porque un compañero se le arruino la maquina y se tardaron en arreglarsela y me trabjo es relacionado con el, no pudo generar facturas en el sistema si el no me casa producto del sistema ete el caso que para poderme poner al dia tube que trabajar muchas horas Extras y no me reconocieron mis jefes ni un centavo. me dicen que los empleados de confianza no se les pagan horas extras yo quiero saber si un dia yo pierdo una vez a mes estoy obligada a pàgar ese dia. no entiendo he buscado en el codigo de trabajo sobre eso y no lo ayo ayudenme por favor.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Buenos Dias mi pregunta es, yo soy una empleada de confianza trabajo en administracion, tengo hora de entrada, pero muchas veses me quedo trabajando a dis horas de la noche el año pasado en el mes d noviembre trabaje todo el mes hasta las 12 de la noche porque un compañero se le arruino la maquina y se tardaron en arreglarsela y me trabjo es relacionado con el, no pudo generar facturas en el sistema si el no me casa producto del sistema ete el caso que para poderme poner al dia tube que trabajar muchas horas Extras y no me reconocieron mis jefes ni un centavo. me dicen que los empleados de confianza no se les pagan horas extras yo quiero saber si un dia yo pierdo una vez a mes estoy obligada a pàgar ese dia. no entiendo he buscado en el codigo de trabajo sobre eso y no lo ayo ayudenme por favor.</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Remuneración del Domingo de descanso, ¿cuándo se debe y cuándo se pierde su pago? por Ana</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/34/comment-page-1#comment-37</link>
		<dc:creator>Ana</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Jan 2010 15:46:17 +0000</pubDate>
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		<description>Tengo una consulta; resulta que mi jornada laboral diaria es de 6h40m, puesto que trabajo de lunes a sábado; Siendo tal que este mes de diciembre he trabajado 5h el dia 24 y 5h el 31 y también he trabajado2 domingos en horario completo. Mi duda viene ahora, pertenezco al convenio del comercio del metal, y según mi supervisora  únicamente se me tiene que devolver un dia de descanso puesto que como la suma de los domingos computa un total de 10hy los dias 31 y 25 trabajamos 1h40m menos (cada dia, total de 3h 20m)si se descuenta de lo trabajado de más sólo queda un dia de descanso. Esta bien esta forma de devolución de dias?? pues el no haber tenido descanso (puesto que entiendo que el dia 25 de diciembre y 1 de Enero no creo que debiesen contar como tal ¿no? entiendo que deberian devolverse como dia y medio cada domingo... Soy de Aragón

Gracias y a la espera de tu respuesta recibe un cordial saludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tengo una consulta; resulta que mi jornada laboral diaria es de 6h40m, puesto que trabajo de lunes a sábado; Siendo tal que este mes de diciembre he trabajado 5h el dia 24 y 5h el 31 y también he trabajado2 domingos en horario completo. Mi duda viene ahora, pertenezco al convenio del comercio del metal, y según mi supervisora  únicamente se me tiene que devolver un dia de descanso puesto que como la suma de los domingos computa un total de 10hy los dias 31 y 25 trabajamos 1h40m menos (cada dia, total de 3h 20m)si se descuenta de lo trabajado de más sólo queda un dia de descanso. Esta bien esta forma de devolución de dias?? pues el no haber tenido descanso (puesto que entiendo que el dia 25 de diciembre y 1 de Enero no creo que debiesen contar como tal ¿no? entiendo que deberian devolverse como dia y medio cada domingo&#8230; Soy de Aragón</p>
<p>Gracias y a la espera de tu respuesta recibe un cordial saludo.</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Prima de servicio -Junio, mes de pago- [II Parte] por paula</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/47/comment-page-1#comment-36</link>
		<dc:creator>paula</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 09 Nov 2009 19:50:46 +0000</pubDate>
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		<description>es posible pagar un salario completo por concepto de prima de servicios a los empleados de las alcaldias y concejos municipales</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>es posible pagar un salario completo por concepto de prima de servicios a los empleados de las alcaldias y concejos municipales</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Remuneración del Domingo de descanso, ¿cuándo se debe y cuándo se pierde su pago? por Pablo Paez</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/34/comment-page-1#comment-35</link>
		<dc:creator>Pablo Paez</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Nov 2009 21:27:41 +0000</pubDate>
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		<description>Trabajo de lunes a sabado, y un domingo cada tres semanas; tengo libre un dia de la siguiente semana al domingo trabajado, si hay un dia festivo en esa semana, perdería ese dia libre? o sería independiente a los festivos?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Trabajo de lunes a sabado, y un domingo cada tres semanas; tengo libre un dia de la siguiente semana al domingo trabajado, si hay un dia festivo en esa semana, perdería ese dia libre? o sería independiente a los festivos?</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Remuneración del Domingo de descanso, ¿cuándo se debe y cuándo se pierde su pago? por adriana</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/34/comment-page-1#comment-34</link>
		<dc:creator>adriana</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Nov 2009 03:20:09 +0000</pubDate>
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		<description>si el contrato laboral se comenzo un martes tengo derecho al pago dominical de la semana</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>si el contrato laboral se comenzo un martes tengo derecho al pago dominical de la semana</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Responsabilidad laboral y tributaria de las SAS es de la sociedad y no del accionista por Luza</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/182/comment-page-1#comment-28</link>
		<dc:creator>Luza</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 13 Jul 2009 17:14:40 +0000</pubDate>
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		<description>QUE BELLEZA, ese es nuestro país...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>QUE BELLEZA, ese es nuestro país&#8230;</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en ¿Cómo expedir certificados de ingresos a personas que no están obligadas a llevar contabilidad? por Luza</title>
		<link>http://blog.abogadasenlinea.com/archives/178/comment-page-1#comment-27</link>
		<dc:creator>Luza</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 13 Jul 2009 17:11:39 +0000</pubDate>
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		<description>Interesantes datos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Interesantes datos</p>
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	</item>
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